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Sanciones administrativas por incumplimiento en Perú

Si su empresa ha sido sometida a un Procedimiento Administrativo Sancionador (PAS) por incumplimiento de la regulación de la ley de protección de datos personales en Perú, desafortunadamente podría recibir una multa económica. Conozcamos a continuación cuáles son las sanciones.

Tipos de Infracciones

A continuación, se detallan los tipos de infracciones y sanciones administrativas y económicas, junto con los montos por incumplimiento, basándose en la información disponible:

    • Infracciones Leves: Incluyen el incumplimiento de medidas de seguridad, recopilación de datos no necesarios o pertinentes, no modificar o rectificar datos inexactos o incompletos, no suprimir datos cuando ya no son necesarios o ha vencido su plazo de tratamiento (salvo anonimización o disociación), no inscribir o actualizar actos en el Registro Nacional, y cualquier tratamiento de datos personales que contravenga la Ley y su Reglamento.
    • Infracciones Graves: Abarcan no atender, impedir u obstaculizar el ejercicio de los derechos del titular de datos personales, tratar datos sin el consentimiento libre, expreso, inequívoco, previo e informado cuando es requerido, tratar datos sensibles sin medidas de seguridad o recopilar datos sensibles no necesarios, utilizar datos obtenidos lícitamente para finalidades distintas a las originales (salvo anonimización o disociación), obstruir la función fiscalizadora de la Autoridad, incumplir la obligación de confidencialidad, y no inscribir o actualizar actos en el Registro Nacional tras un requerimiento de la Autoridad en el marco de un procedimiento sancionador.
    • Infracciones Muy Graves: Comprenden el tratamiento de datos personales que contraviene la normativa y atenta contra otros derechos fundamentales, recopilar datos personales mediante medios fraudulentos, desleales o ilícitos, suministrar información falsa a la Autoridad, no cesar el tratamiento indebido de datos personales tras un requerimiento de la Autoridad (sea de un procedimiento sancionador o trilateral de tutela), y no cumplir con las medidas correctivas establecidas por la Autoridad.

Multas Económicas

Según el Artículo 39 de la Ley se mencionan montos para ciertas infracciones:

  • Uso de datos obtenidos de fuentes ilícitas, será sancionado con multas que oscilan entre 50 y 100 UIT.
  • Tratar datos para fines de prospección comercial sin solicitar el consentimiento previo es sancionado con multa que oscila de 5 a 50 UIT.

Multas Coercitivas: Se imponen por el incumplimiento de obligaciones accesorias a la sanción de multa principal y se gradúan de la siguiente manera:

  • Para infracciones leves: Desde 0.2 a 2 Unidades Impositivas Tributarias (UIT).
  • Para infracciones graves: De 2 a 6 Unidades Impositivas Tributarias (UIT).
  • Para infracciones muy graves: De 6 a 10 Unidades Impositivas Tributarias (UIT).

Aspectos relevantes en la determinación y pago de aanciones

  • Graduación del monto de la sanción: Se observa el principio de razonabilidad, así como la condición de reincidente y la conducta procedimental del infractor.
  • Reincidencia: En caso de reincidencia, la tercera infracción leve en un mismo año se sanciona como grave, y la tercera infracción grave en un mismo año se sanciona como muy grave.
  • Atenuantes: La colaboración con la autoridad y el reconocimiento espontáneo de las infracciones, junto con acciones de enmienda, pueden reducir la sanción, incluso por debajo del rango previsto en la Ley. La implementación de Códigos de Conducta y de un informe de Evaluación de Impacto del tratamiento de datos personales también se considera un atenuante de responsabilidad.
  • Mora en el pago: El no pago oportuno de las multas genera intereses moratorios diarios.
  • Incentivos para el pago: Se considera que el sancionado ha pagado la multa si, antes del vencimiento del plazo, deposita el sesenta por ciento (60%) de su monto en la cuenta bancaria designada por la ANPD y lo comunica con el comprobante.
  • Medidas Correctivas: Adicionalmente a las sanciones, se pueden dictar medidas correctivas para eliminar, evitar o detener los efectos de las infracciones.
  • Registro de Sanciones: La Dirección de Registro Nacional de Protección de Datos Personales mantiene un Registro de Sancionados, Medidas Cautelares y Medidas Correctivas, que se publican en el Portal Institucional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.

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